¿Para qué valdría la pasión (acharnement) de saber, si sólo asegurara la adquisición de conocimientos y no de alguna manera –y tanto como se pueda– el extravío de aquel que conoce? Hay momentos en la vida en que el problema de saber si uno puede pensar de manera distinta a como piensa y percibir de otra manera que como ve es indispensable para continuar mirando o re-flexionado. (...) Pero, ¿qué es la filosofía en la actualidad –quiero decir la actividad filosófica– si no es un trabajo crítico del pensamiento sobre sí mismo, y si no consiste, en lugar de legitimar lo que ya se sabe, en emprender la tarea de saber cómo y hasta dónde sería posible pensar de otra manera?”

El uso de los placeres.
Michel Foucault.

lunes, 3 de julio de 2017

Poder y prohibición.

(...) No me parece posible abordar del mismo modo estas dos nociones: amor al maestro y deseo de las masas por el fascismo. Cierto, en ambos casos se da una «subjetivación» de las relaciones de poder; pero no se produce aquí y allí de la misma forma.

Lo que molesta, en la afirmación del deseo de las masas por el fascismo, es que la afirmación encubre la falta de un análisis histórico preciso. Yo veo en esto sobre todo el efecto de una complicidad general que rechaza descifrar lo que fue realmente el fascismo (rechazo que se traduce bien sea por la generalización, según la cual el fascismo está en todas partes y sobre todo en nuestras cabezas, bien sea por el esquematismo marxista). El no-análisis del fascismo es uno de los hechos políticos importantes de estos últimos treinta años. Lo que permite hacer de él un significante flotante, cuya función es esencialmente de denuncia: los procedimientos de todo poder son sospechosos de ser fascistas del mismo modo que las masas son sospechosas de serlo en sus deseos. Bajo la afirmación del deseo de las masas por el fascismo se esconde un problema histórico que no se ha intentado resolver.


La noción de «amor al maestro» plantea, pienso yo, otros problemas. Es una cierta forma de no plantearse el problema del poder o mejor de plantearlo de manera que no pueda ser analizado. Y esto por la inconsistencia de la noción de maestro, poblada por los fantasmas varios del maestro con su esclavo, del maestro con su discípulo, del maestro con su obrero, del maestro que dice la ley y que dice la verdad, del maestro que censura y prohibe.

A esta reducción de la instancia del poder en la figura del maestro, está ligada otra: la reducción de los procedimientos de poder en la ley de prohibición. Esta reducción a la ley juega tres papeles importantes:

* Permite valorar un esquema de poder que es homogéneo a cualquier nivel en el que uno se sitúe y a cualquier dominio: familia o Estado, relación de educación o de producción;

* Permite pensar el poder solamente en términos negativos: rechazo, delimitación, barrera, censura. El poder, es aquello que dice no. Y el enfrentamiento con el poder así concebido no aparece más que como transgresión;

* Permite pensar la operación fundamental del poder como un acto de palabras: enunciación de la ley, discurso de la prohibición. La manifestación del poder reviste la forma pura del «no debes».

Una concepción semejante proporciona un cierto número de beneficios epistemológicos. Y esto por la posibilidad de relacionarla con una etnología centrada en el análisis de las grandes prohibiciones de la alianza, y con un psicoanálisis centrado en los mecanismos de represión. Una sola y única «fórmula» de poder (la prohibición) es así aplicada a todas las formas de sociedad y a todos los niveles de sometimiento. Ahora bien, haciendo del poder la instancia del no, se está avocado a una doble «subjetivación»: el poder, del lado en el que se ejerce, es concebido como una especie de gran Sujeto absoluto —real, imaginario o jurídico, poco importa— que articula la prohibición: Soberanía del Padre, del Monarca, de la voluntad general. Del lado en el que el poder se sufre, se tiende igualmente a «subjetivarlo» determinando el punto en el que se hace la aceptación de la prohibición, el punto en el que se dice «sí» o «no» al poder; y de este modo para dar cuenta del ejercicio de la Soberanía se supone ya sea la renuncia a los derechos naturales, ya sea el contrato social, ya sea el amor al maestro. Desde el montaje construido por los juristas clásicos hasta las concepciones actuales, me parece que el problema se plantea siempre en los mismos términos: un poder esencialmente negativo que supone por una parte un soberano cuyo papel es el de prohibir y por otra un sujeto que debe de algún modo decir sí a esta prohibición. El análisis contemporáneo del poder en términos de libido está siempre articulado con esta vieja concepción jurídica.


¿Por qué el privilegio secular de un análisis semejante? ¿Por qué el poder descifrado regularmente en los términos puramente negativos de la ley de prohibición? ¿Por qué el poder es inmediatamente pensado como sistema de derecho? Se dirá sin duda que, en las sociedades occidentales, el derecho ha servido siempre de máscara al poder. Me parece que esta reflexión es insuficiente. El derecho ha sido un instrumento efectivo de constitución de los poderes monárquicos en Europa, y durante siglos el pensamiento político ha girado en torno al problema de la soberanía y de sus derechos. Por otra parte, el derecho ha sido sobre todo en el siglo XVII, una arma de lucha contra ese mismo poder monárquico que se había servido de él para afirmarse. En fin ha sido el modo de representación principal del poder (y por representación no hay que entender pantalla o ilusión, sino modo de acción real).

El derecho no es ni la verdad, ni la justificación del poder. Es un instrumento a la vez parcial y complejo. La forma de la ley y los efectos de prohibición que ella conlleva deben ser situados entre otros muchos mecanismos no jurídicos. Así el sistema penal no debe ser analizado pura y simplemente como un aparato de prohibición y de represión de una clase sobre otra, ni tampoco como una justificación que encubre las violencias sin ley de la clase dominante; permite una gestión política y económica a través de la diferencia entre legalidad e ilegalismo. De igual modo, para la sexualidad: la prohibición no es sin duda la forma principal con la que el poder la reviste.

(...) Cuando se definen los efectos del poder por la represión se da una concepción puramente jurídica del poder; se identifica el poder a una ley que dice no; se privilegiaría sobre todo la fuerza de la prohibición. Ahora bien, pienso que esta es una concepción negativa, estrecha, esquelética del poder que ha sido curiosamente compartida. Si el poder no fuera más que represivo, si no hiciera nunca otra cosa que decir no, ¿pensáis realmente que se le obedecería? Lo que hace que el poder agarre, que se le acepte, es simplemente que no pesa solamente como una fuerza que dice no, sino que de hecho la atraviesa, produce cosas, induce placer, forma saber, produce discursos; es preciso considerarlo como una red productiva que atraviesa todo el cuerpo social más que como una instancia negativa que tiene como función reprimir (...)
En Microfísica del poder, de Michel Foucault.

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