¿Para qué valdría la pasión (acharnement) de saber, si sólo asegurara la adquisición de conocimientos y no de alguna manera –y tanto como se pueda– el extravío de aquel que conoce? Hay momentos en la vida en que el problema de saber si uno puede pensar de manera distinta a como piensa y percibir de otra manera que como ve es indispensable para continuar mirando o re-flexionado. (...) Pero, ¿qué es la filosofía en la actualidad –quiero decir la actividad filosófica– si no es un trabajo crítico del pensamiento sobre sí mismo, y si no consiste, en lugar de legitimar lo que ya se sabe, en emprender la tarea de saber cómo y hasta dónde sería posible pensar de otra manera?”

El uso de los placeres.
Michel Foucault.

jueves, 30 de marzo de 2017

Judith Butler: Sujetos foucaultianos.

En la visión foucaultiana de la autoconstitución -una cuestión que ocupa un lugar central en su obra de la década de 1980-, un régimen de verdad propone los términos que hacen posible el autorreconocimiento. En cierta medida, esos términos están fuera del sujeto, pero también se los presenta como las normas disponibles por medio de las cuales ese reconocimiento de sí mismo puede producirse, de manera que lo que puedo «ser», de modo muy literal, esta restringido de antemano por un régimen de verdad que decide cuales serán las formas de ser reconocibles y no reconocibles. 


Aunque ese régimen decida por anticipado que forma puede tomar el reconocimiento, no limita totalmente esa forma. En rigor, «decida» quizá sea una palabra demasiado fuerte, pues el régimen de verdad ofrece un marco para la escena del reconocimiento, al bosquejar la figura que deberá tener quién sea sujeto de tal reconocimiento y proponer normas accesibles para el acto correspondiente. A juicio de Foucault, siempre hay una relación con ese régimen, una suerte de autoconstrucción que se da en el contexto de las normas en cuestión y elabora, específicamente, una respuesta compatible con esas normas al interrogante sobre quien será el «yo» en relación con ellas. En ese sentido, las normas no nos deciden de una manera determinista, aunque sí proporcionan el marco y el punto de referencia para cualquier conjunto de decisiones que tomemos a continuación. Esto no significa que un régimen de verdad dado fije un marco invariable para el reconocimiento: solo quiere decir que este se produce en relación con ese marco, y también que en conexión con el se cuestionan y transforman las normas que gobiernan el reconocimiento.

Sin embargo, el argumento de Foucault afirma no solo que siempre hay una relación con esas normas, sino que cualquier relación con el regimén de verdad será a la vez una relación conmigo misma. Sin esa dimensión reflexiva no hay crítica posible. Poner en cuestión un regimén de verdad, cuando este gobierna la subjetivación, es poner en cuestión mi propia verdad y, en sustancia, cuestionar mi aptitud de decir la verdad sobre mí, de dar cuenta de mi persona.
 
Así, si cuestiono el régimen de verdad, también cuestiono el régimen a través del cual se asignan el ser y mi propio estatus ontológico. La crítica no se dirige meramente a una practica social dada o un horizonte de inteligibilidad determinado dentro del cual aparecen las practicas y las instituciones: también implica que yo misma quede en entredicho para mi.

Según Foucault, el autocuestionamiento se convierte en una consecuencia ética de la crítica, tal como sostiene con claridad en «¿Qué es la crítica?». También resulta que un autocuestionamiento de este tipo implica ponerse uno mismo en riesgo, hacer peligrar la posibilidad misma de ser reconocido por otros; en efecto: cuestionar las normas de reconocimiento que gobiernan lo que yo podría ser, preguntar qué excluyen, qué podrían verse obligadas a admitir, es, en relación con el régimen vigente, correr el riesgo de no ser reconocible como sujeto o, al menos, suscitar la oportunidad de preguntar quién es (o puede ser) uno, y si es o no reconocible.

Estos interrogantes suponen, por lo menos, dos tipos de indagación para una filosofía ética. En primer lugar, ¿cuales son esas normas a las que se entrega mi propio ser, que tienen el poder de establecerme o, por cierto, desestablecerme como un sujeto reconocible? Segundo, ¿donde esta y quien es el otro? ¿puede la idea del otro englobar el marco de referencia y el horizonte normativo que confieren y sostienen el potencial de convertirme en un sujeto reconocible? Parece justo culpar a Foucault por no dar explícitamente mayor cabida al otro en su consideracion de la ética.


Tal vez esto se deba a que la escena diádica del yo y el otro no puede describir en forma adecuada el funcionamiento social de la normatividad que condiciona tanto la produccion del sujeto como el intercambio intersubjetivo. Si llegamos a la conclusión de que el hecho de que Foucault no piense al otro es decisivo, probablemente hayamos pasado por alto que el ser mismo del yo depende no solo de la existencia de ese otro en su singularidad (como sostendría Levinas), sino también de la dimensión social de la normatividad que rige la escena del reconocimiento. Esa dimensión social de la normatividad precede a cualquier intercambio diádico y lo condiciona, aun cuando parece que tomamos contacto con la esfera de la normatividad justamente en el contexto de tales intercambios inmediatos.

Las normas mediante las cuales reconozco al otro e incluso a mí misma no son exclusivamente mías. Actúan en la medida en que son sociales, y exceden todo intercambio diádico condicionado por ellas. Su socialidad, sin embargo, no puede entenderse como una totalidad estructuralista ni como una invariabilidad trascendental o cuasi trascendental. Algunos podrían sostener, sin duda, que para que el reconocimiento sea posible ya deben existir las normas, y con toda seguridad hay algo de verdad en ese argumento. También es cierto que determinadas prácticas de reconocimiento y hasta algunas fallas que las afectan marcan un ámbito de ruptura dentro del horizonte de normatividad, y exigen de manera implícita el establecimiento de nuevas normas, lo cual entraña un cuestionamiento del caracter dado del horizonte normativo prevaleciente. El horizonte normativo dentro del cual veo al otro, o, en rigor, el otro ve, escucha, conoce y reconoce, también esta sometido a una apertura crítica.

Sera inútil, por lo tanto, disolver la noción del otro en la socialidad de las normas y afirmar que el otro esta implícitamente presente en las normas a través de las cuales se otorga el reconocimiento. A veces, la irreconocibilidad misma del otro provoca una crísis en las normas que gobiernan el reconocimiento. Si y cuando, en un esfuerzo por conferir o recibir un reconocimiento que una y otra vez es rehusado, pongo en cuestión el horizonte normativo dentro del cual tiene lugar tal reconocimiento, ese cuestionamiento forma parte del deseo de reconocimiento, deseo que no puede hallar satisfacción y cuya insatisfacibilidad establece un punto crítico de partida para la interrogación de las normas disponibles.
 
En opinión de Foucault, esta apertura cuestiona los límites de los regímenes de verdad establecidos, y, en este punto, poner en riesgo al yo se convierte, afirma, en un signo de virtud. Lo que no dice es que el cuestionamiento del régimen de verdad mediante el cual se establece mi propia verdad es motivado, en ocasiones, por el deseo de reconocer a otro o ser reconocido por él. La imposibilidad de hacerlo dentro de las normas de que dispongo me fuerza a adoptar una relación crítica con ellas. Para Foucault, el régimen de verdad se cuestiona porque «yo» no puedo reconocerme o no me reconoceré en los términos que tengo a mi alcance. En un intento de eludir o superar los términos por cuyo intermedio se produce la subjetivación, hago mía la lucha con las normas. El interrogante foucaultiano sigue siendo, en efecto: «¿Quién puedo ser, dado el régimen de verdad que determina cuál es mi ontología?». Foucault no pregunta «¿Quién eres tú?», ni rastrea la posible manera de elaborar una perspectiva crítica sobre las normas a partir de una u otra de estas dos preguntas.

Antes de considerar las consecuencias de esa oclusión, querría sugerir una cuestión final en relación con Foucault, aunque volveré a él más adelante. Al plantear la pregunta ética «¿Cómo debería yo tratar a otro?», quedo atrapada de inmediato en un reino de normatividad social, dado que el otro solo se me aparece, solo funciona como otro para mí, si existe un marco dentro del cual puedo verlo y aprehenderlo en su separatividad y su exterioridad. Por tanto, aunque pueda estimar que la relación ética es diádica e incluso presocial, quedo encerrada no solo en la esfera de la normatividad, sino en la problematica del poder, cuando planteo la pregunta ética en su llaneza y su simplicidad: «¿Cómo debería tratarte?». Si el «yo» y el «tú» deben surgir primero, y si es necesario un marco normativo para ese surgimiento y ese encuentro, las normas actúan no solo para dirigir mi conducta, sino para condicionar la posible aparición de un encuentro entre el otro y yo.

La perspectiva de primera persona adoptada por la pregunta ética, así como la apelación directa a un «tú», quedan desorientadas debido a la dependencia fundamental de la esfera ética respecto de lo social. Sea o no singular, el otro es reconocido y confiere reconocimiento a través de un conjunto de normas que rigen la reconocibilidad. Asi, mientras el otro puede ser singular, si no radicalmente personal, las normas son hasta cierto punto impersonales e indiferentes, e introducen una desorientación de la perspectiva del sujeto en medio del reconocimiento en cuanto encuentro. Si considero que te otorgo reconocimiento, por ejemplo, tomo en serio el hecho de que ese reconocimiento procede de mí. Pero ni bien advierto que los términos utilizados para otorgarlo no me pertenecen en exclusividad, que no los he ideado o forjado a solas, quedo, por asi decirlo, despojada por el lenguaje que ofrezco. En cierto sentido, me someto a una norma de reconocimiento cuando te ofrezco mi reconocimiento, lo cual significa que el «yo» no lo ofrece a partir de sus recursos privados. En rigor, parece que el «yo» queda sujeto a la norma en el momento de hacer ese ofrecimiento, de modo que se convierte en un instrumento de la agencia de esa norma. Por eso, el «yo» parece invariablemente usado por la norma en la medida en que trata de usarla. Aunque yo creía tener una relación «contigo», resulta que estoy atrapada en una lucha con las normas. Pero, ¿podría ser también cierto que no estaría enredada en esa lucha si no fuera por un deseo de otorgarte reconocimiento? ¿Cómo entendemos ese deseo?

En Dar cuenta de sí mismo. Violencia ética y responsabilidad, de Judith Butler.

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